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Criptomonedas: Cómo declarar DA en España como expatriado

España se ha posicionado como una de las jurisdicciones más avanzadas de Europa en cuanto a regulación y tributación de activos digitales. Para los expatriados que se han mudado recientemente, comprender cómo declarar criptomonedas y otros criptoactivos ya no es opcional.

Se trata de un requisito legal que conlleva riesgos significativos si se ignora, pero también ofrece oportunidades si se aborda estratégicamente. El sistema tributario español es estricto, el régimen de información es uno de los más exigentes de la UE y el intercambio internacional de información hace prácticamente imposible el incumplimiento. En Business Expats, nos especializamos en guiar a profesionales e inversores internacionales en este complejo panorama, garantizando el cumplimiento normativo y optimizando su situación fiscal global.


Criptomonedas: Cómo declarar DA en España como expatriado
Crypto: How to declare DA in Spain as an expat

El marco legal de los activos digitales en España se basa tanto en la legislación nacional como en la europea. Inicialmente, las criptomonedas se definieron como «monedas virtuales» en la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales, que transpuso la Directiva 2018/843 de la UE. Estas se describían como representaciones digitales de valor, no emitidas por una autoridad central, sino aceptadas como medio de intercambio y transferibles electrónicamente. Sin embargo, con la aprobación del Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos (MiCA, Reglamento UE 2023/1114), en vigor desde el 30 de diciembre de 2024, esta definición restringida ha sido sustituida por el concepto mucho más amplio de «criptoactivos».




MiCA abarca explícitamente criptomonedas, monedas estables, tokens de utilidad, tokens no fungibles y valores tokenizados, creando un marco armonizado en toda la Unión Europea. A efectos fiscales en España, los criptoactivos se consideran activos intangibles. No tienen curso legal, pero son activos que pueden valorarse, transferirse y tributar, y cada token se considera un bien independiente en función de su protocolo, liquidez y denominación.


Desde la perspectiva del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) español, los criptoactivos entran dentro de la normativa sobre ganancias y pérdidas de capital.

Una vez que una persona física obtiene la residencia fiscal en España —generalmente tras 183 días de presencia o al obtener un permiso de residencia, como el visado de nómada digital—, debe declarar sus ingresos y ganancias a nivel mundial. Las ventas de criptomonedas a moneda fiduciaria tributan sobre la diferencia entre el valor de adquisición y el de enajenación, neto de comisiones, mientras que los intercambios entre criptomonedas se consideran operaciones de permuta gravables. España aplica el método FIFO (primero en entrar, primero en salir) para determinar el coste de adquisición de los activos vendidos. Estas operaciones se incluyen en la base imponible del ahorro, sujetas a tipos progresivos actualizados para 2025: diecinueve por ciento hasta seis mil euros, veintiuno por ciento entre seis mil y cincuenta mil euros, veintitrés por ciento entre cincuenta mil y doscientos mil euros, veintisiete por ciento entre doscientos mil y trescientos mil euros, y treinta por ciento sobre las ganancias superiores a trescientos mil euros.


No se pasan por alto otras formas de ingresos provenientes de criptomonedas. La minería, el staking y los airdrops se clasifican como rentas en especie o rentas empresariales y, por lo tanto, tributan en la base imponible general, con tipos progresivos que pueden alcanzar el 47 %. Además, las tenencias de criptomonedas deben incluirse en la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio si el patrimonio neto del contribuyente supera los umbrales aplicables, que varían según la comunidad autónoma, pero se sitúan en setecientos mil euros a nivel nacional. En resumen, el sistema español no distingue entre activos tradicionales y digitales a efectos de la tributación sobre la renta o el patrimonio: las criptomonedas están plenamente integradas en el sistema.


Además de los impuestos, España impone algunas de las obligaciones de información más estrictas de Europa, introducidas a través de la Ley 11/2021 de medidas antifraude.

Estos incluyen tres formularios clave. El formulario 172 exige a los custodios y plataformas de intercambio españoles que informen sobre los saldos anuales de los criptoactivos de sus clientes. El formulario 173 les exige que informen sobre las transacciones con criptomonedas. Y el formulario 721, quizás el más relevante para expatriados, obliga a las personas a declarar los criptoactivos en el extranjero si su valor combinado supera los cincuenta mil euros. Esto se aplica a las monedas y tokens almacenados en plataformas de intercambio extranjeras o en monederos privados fuera de España. Se requiere una nueva declaración si el valor aumenta en más de veinte mil euros con respecto a la última declaración. Las sanciones por incumplimiento son severas, con multas por cada dato no declarado.


Una de las preguntas más frecuentes de los expatriados es qué ocurre si mantienen activos en varias plataformas de intercambio o monederos. La respuesta es sencilla: cada plataforma debe rastrearse por separado y debe declararse la posición consolidada total. Incluso si una plataforma de intercambio española informa en su nombre mediante los formularios 172 y 173, usted sigue siendo personalmente responsable de garantizar la exactitud de su declaración. Las plataformas de intercambio extranjeras como Binance, Kraken o Coinbase no están sujetas a la declaración en España, pero su obligación según el formulario 721 se mantiene. Los monederos fríos y los acuerdos de autocustodia también se incluyen si mantienen criptoactivos cuyo valor supera los umbrales de declaración.


Otro malentendido frecuente se relaciona con la llamada Ley Beckham, el régimen especial para trabajadores extranjeros en España. Este sistema se diseñó para atraer talento internacional ofreciendo un tipo impositivo fijo del veinticuatro por ciento sobre las rentas del trabajo de hasta seiscientos mil euros, con un tipo impositivo del cuarenta y siete por ciento por encima de esa cantidad. Fundamentalmente, también restringe la tributación a las rentas de origen español, lo que permite a los expatriados excluir la mayoría de las rentas extranjeras de su base imponible española. Sin embargo, el régimen Beckham no se extiende a la base imponible de las rentas del ahorro. Esto significa que los dividendos, los intereses y, sobre todo, las ganancias de capital derivadas de las criptomonedas quedan excluidos de su ámbito de aplicación. En la práctica, un expatriado bajo el régimen Beckham debe declarar y pagar la totalidad del impuesto español sobre sus ganancias derivadas de las criptomonedas, a los tipos progresivos de la base imponible. Por lo tanto, las criptomonedas quedan fuera del escudo protector de Beckham.


Esta doble estructura genera riesgos y oportunidades. Los expatriados pueden beneficiarse significativamente de la reducción de la tributación de las rentas del trabajo bajo el régimen Beckham, pero deben aceptar que sus criptoactivos tributan íntegramente en España . Las ganancias obtenidas con Bitcoin, Ethereum o cualquier otro activo digital durante su residencia fiscal en España tributan como las de cualquier residente habitual. Además, sus tenencias de criptomonedas deben declararse a efectos del impuesto sobre el patrimonio y mediante el Modelo 721 si se mantienen en el extranjero. El régimen reduce la exposición salarial, pero no ofrece ninguna desgravación para el patrimonio digital. Comprender esta distinción es esencial para evitar errores costosos.


En Business Expats, hemos visto cómo muchos expatriados caen en la trampa de asumir que la Ley Beckham exime sus tenencias de criptomonedas.

La realidad es diferente: las ganancias obtenidas con criptomonedas siguen estando totalmente sujetas a impuestos y las obligaciones de declaración se aplican en su totalidad. La verdadera pregunta no es si declarar criptomonedas, sino cómo integrar los activos digitales en una estrategia fiscal más amplia que equilibre los ingresos laborales, el patrimonio internacional y las obligaciones de cumplimiento. Esto puede implicar planificar las ventas para optimizar los tramos impositivos, aprovechar las pérdidas, estructurar las inversiones a nivel internacional o alinear las estrategias de criptomonedas con el momento de su reubicación. Si se hace correctamente, esto garantiza el cumplimiento normativo y reduce la exposición innecesaria.


La conclusión es sencilla. Si usted es expatriado en España en 2025, independientemente de si se beneficia o no de la Ley Beckham, deberá declarar y tributar por sus ganancias en criptomonedas . Los ingresos laborales pueden optimizarse con la Ley Beckham, pero los activos digitales tributan según las normas generales del IRPF. Las obligaciones de declaración en España, en particular el Modelo 721, se aplican por igual, y las sanciones por omisión son severas.


En Business Expats, no nos limitamos a explicar estas normas. Las convertimos en estrategias. Elaboramos sólidos expedientes de cumplimiento para proteger a nuestros clientes en caso de auditoría, diseñamos planes fiscales a medida que integran las criptomonedas con el salario y la gestión patrimonial global, y aportamos claridad en un entorno donde la regulación cambia rápidamente. Somos asesores de confianza para profesionales, emprendedores e inversores internacionales que desean disfrutar de la vida en España sin incertidumbre.

Te invitamos a dar el siguiente paso. Únete a nuestro webinar exclusivo el 9 de septiembre de 2025: "Criptomonedas e Impuestos en España" , donde abordaremos las últimas novedades de MiCA, casos prácticos sobre informes multimercado y la interacción entre las criptomonedas y el régimen de Beckham. Y si necesitas soluciones personalizadas, reserva una consulta privada con nuestro equipo de fiscalidad internacional. En el cambiante panorama de las criptomonedas y la tributación de expatriados, el conocimiento es solo el principio. Lo que necesitas es previsión, estructura y estrategia.


En Business Expats, eso es exactamente lo que ofrecemos.


Julio César Sánchez

Cofundador de Business Expats


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